SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0382/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0382/2005-R

Fecha: 15-Abr-2005

II.1.

II.1.  Sobre la base del documento público de apertura de línea de crédito para tarjetas de crédito con garantías personales, suscrita por el Banco Unión S.A., en favor de Roberto Omar Abuawad Yépez por Bs35.000.-, con la garantía personal de Melva María Ruiz de Abuawad, Ramón Carmelo Abuawad Chahuan y Salvador Luis Abuawad Yépez, los que se constituyen en co-deudores, mancomunados, indivisibles y solidarios  (fs. 18-22), el Banco Unión S.A. inició proceso ejecutivo contra los referidos deudores (fs. 23-24)  en el cual el Juez Noveno de Instrucción en lo Civil y Comercial-ahora recurrido- emitió el Auto intimatorio de 11 de junio de 2003 (fs. 25), que intimó a Roberto Omar Abuawad Yépez, Melva Maria Ruiz de Abuawad, Ramón Carmelo Abuawad Chahuan y Salvador Luis Abuawad Yépez, para que a tercero día de su legal notificación paguen al Banco Unión S.A., la suma de Bs20.052,67.- de capital, más intereses devengados, bajo apercibimiento de costas procesales.

Posteriormente el oficial de diligencias informó que habiendo buscado nuevamente a los referidos ejecutados en el domicilio señalado, le comunicaron que estos se habían trasladado y se desconocía su actual paradero (fs. 78), en cuya virtud el Banco solicitó su notificación mediante edicto a cuyo efecto se labró el acta de juramento de desconocimiento de domicilio (fs. 81).