SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0383/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0383/2005-R

Fecha: 15-Abr-2005

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El recurrente ratificó la demanda y la amplió en relación a que los vocales recurridos, no observaron el trámite previsto para el procedimiento de apelación de Sentencia en un proceso ejecutivo ya que no fue notificado con el decreto de radicatoria lo que repercute en el ejercicio de las facultades procesales como el derecho a la recusación o la presentación de pruebas; además que todas las notificaciones se realizaron en tablero de la Secretaría pese a que constituyó domicilio expreso de acuerdo a los alcances del art. 101 del CPC, sin que los demandados hayan dado aplicación a la línea jurisprudencial del Tribunal Constitucional en sentido de que en grado de apelación las partes mantienen sus domicilios procesales, salvo que expresamente lo señalen en la secretaría del tribunal.