Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0402/2005-R
Fecha: 19-Abr-2005
II.1.
II.1. El 15 de mayo de 2003, el Director y el Jefe de Recursos Humanos del SEDES de Oruro, mediante memorando 515, comunicaron a la recurrente que fue designada Secretaria ad honoren de la Unidad de Atención a las Personas (fs. 1); y el 22 de septiembre del mismo año, le comunicaron que mientras se llame a concurso de méritos y de acuerdo a los preceptos del art. 21 de las NBSAP, desempeñaría sus funciones cobrando sus haberes en el ítem 64014 (fs. 2).