Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0451/2005-R
Fecha: 28-Abr-2005
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El abogado de la recurrente expresó que "el día sábado" a horas 12:00 del medio día, Juan Ramiro Jurado Martínez fue puesto en libertad por orden del Juez cautelar, pero como el recurso no puede ser desistido, pide se lo declare procedente, tomando en cuenta que la Fiscal no cumplió con los requisitos exigidos por los arts. 61 de la LOMP y 73 del CPP, con relación al 226 del mismo cuerpo.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el recurso de habeas corpus operará de manera subsidiaria.
- SC 181/2005-R,
- el imputado puede ejercer la defensa de sus derechos y garantías desde el primer momento del proceso
- Artículo 5º.- (Calidad y derechos del imputado).-
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad
- el juez debe disponer de oficio o a petición de parte, la inmediata libertad del detenido
- Fragmento 16
- III.2.
- APRUEBA