SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0452/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0452/2005-R

Fecha: 28-Abr-2005

a)

El Fiscal recurrido, sostuvo lo siguiente: a) respecto a la extinción de la acción penal el Tribunal Constitucional ha señalado que ésta no se opera por el simple transcurso del tiempo, sino que es necesario que se pronuncie una resolución, en el presente caso no existe ninguna extinción de acción en razón a que existe una radicatoria de la causa de una acusación contra el recurrente, habiéndose procedido a la audiencia de designación de jueces ciudadanos en el Tribunal Primero de Sentencia; b) emitió imputación formal contra el actor por existir serios indicios de su participación en delitos de falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y estafa, con dicha imputación se declaró su rebeldía y en esas circunstancias se planteó acusación formal; c) el recurrente no presentó ningún incidente de actividad procesal defectuosa, menos formuló reclamo sobre menoscabo de derecho alguno ante el Juez cautelar, razón por la que procedió al correspondiente sorteo.