SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0031/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0031/2005

Fecha: 18-May-2005

admitió el recurso, únicamente respecto de la Resolución Municipal 02/2005-06, de 10 de enero de 2005, emitida por Gerin Pardo Molina y Bertha Hashimoto Pinto

Por AC 076/2005-CA, de 11 de febrero, se dispuso que los recurrentes subsanen deficiencias formales observadas (fs. 29 a 30); cumplido lo cual, mediante AC 097/2005-CA, de 4 de marzo (fs. 39 a 42) se admitió el recurso, únicamente respecto de la Resolución Municipal 02/2005-06, de 10 de enero de 2005, emitida por Gerin Pardo Molina y Bertha Hashimoto Pinto, rechazándose el mismo respecto de su similar 01/2005-06 de la misma fecha, emitida por Rodolfo Ribera Pórcel y Víctor Mario Chávez Cuellar, como miembros del comité ad hoc, por carecer de fundamentación jurídico constitucional que amerite una decisión de fondo. En consecuencia, se dispuso la citación de las autoridades demandadas para que respondan y remitan los antecedentes, cumpliéndose la diligencia el 22 de marzo de 2005, según consta a fs. 92.