SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0034/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0034/2005

Fecha: 24-May-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente denuncia que el recurrido actuó sin competencia al emitir los Pliegos de Cargo 205/99 y 207/99, de 29 de marzo de 1999, y sus respectivos Autos Intimatorios de la misma fecha, puesto que no se sustanció previamente el procedimiento determinativo y por lo tanto no existía la Resolución Determinativa ejecutoriada que abra su competencia, viciando de nulidad sus actos. En consecuencia, corresponde analizar lo planteado y determinar si la autoridad demandada incurrió en los presupuestos establecidos en la norma de los arts. 31 de la CPE y 79 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), a fin de declarar fundado o infundado el recurso.