Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0516/2005-R
Fecha: 16-May-2005
II.1.
II.1. A denuncia presentada el 11 de enero de 2005 por el Responsable de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Shinahota en contra de Marcos Vicente Charali por la supuesta comisión del delito de violación de su sobrina menor de 14 años, el fiscal Jesús Koller Becerra, providenció que previamente se proceda al examen médico correspondiente (fs. 12 y 13).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata. Conforme a esto, solamente una vez agotado tal medio de defensa y ante la persistencia de la lesión, se podrá acudir a la jurisdicción constitucional, invocando la tutela que brinda el hábeas corpus".
- III.2.
- III.3.
- APROBAR