Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0516/2005-R
Fecha: 16-May-2005
II.3.
II.3. El 10 de febrero de 2005, a horas 14:00 Marcos Vicente Charali, presentó un memorial fechado con 17 de enero de 2005, en el que refiere que al no haber sido citado hace su presentación espontánea para que se le reciba su declaración informativa para lo que solicitó se señale audiencia (fs. 18), el fiscal Juan Jesús Koller Becerra, mediante providencia de 10 de febrero lo dio por presentado espontáneamente y señaló el 21 de febrero de 2005 a horas 9:00 para que preste su declaración informativa (fs. 18).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata. Conforme a esto, solamente una vez agotado tal medio de defensa y ante la persistencia de la lesión, se podrá acudir a la jurisdicción constitucional, invocando la tutela que brinda el hábeas corpus".
- III.2.
- III.3.
- APROBAR