Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0527/2005-R
Fecha: 13-May-2005
II.1.
II.1. Por Sentencia 53/2002, de 29 de noviembre, el Juez Liquidador del Juzgado de Partido en lo Penal de la Capital, declaró al recurrente autor del delito incurso en la sanción del art. 332.2 del Código penal (CP), condenándole a la pena de cinco años de presidio en la Cárcel Pública. Sentencia en la que se hace constar que el actor, a consecuencia de un recurso de hábeas corpus, fue puesto en libertad el 16 de febrero de 2000, encontrándose desde esa fecha prófugo siendo declarado rebelde y contumaz ante la ley (fs. 15-17), sin cursar en antecedentes ninguna orden de detención. Esta Sentencia no se encuentra ejecutoriada al estar en trámite el recurso de casación (fs. 8-9).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- teniendo otros mandamientos pendientes
- III.3.