Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0527/2005-R
Fecha: 13-May-2005
II.4.
II.4. Por nota Of. 12/2005, de 17 de marzo (fs. 20), la Jueza Instructora de Manuripi, remitió a la autoridad judicial recurrida el Auto de extinción de la acción, en cuyo mérito por providencia de 18 de marzo de 2005 (fs. 20 vta), dispuso la notificación del recurrido Director del establecimiento penitenciario a afectos de que informe si el recurrente se encuentra en el recinto, en vista que el Juzgado dio su libertad siempre que no estuviera detenido por otra causa, aclarando que el actor se encontraba también detenido preventivamente por otro delito de robo por orden del ex Juzgado de Partido en lo Penal Liquidador, cuya Sentencia se encuentra en recurso de casación.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- teniendo otros mandamientos pendientes
- III.3.