SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0619/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0619/2005-R

Fecha: 07-Jun-2005

a)

El Juez recurrido informó alegando lo siguiente: a) si bien el recurso de hábeas corpus tiene como fundamento la SC 1845/2004-R, de 30 de noviembre; empero, al haber sido interpuesto sólo  contra su persona y no contra los vocales ni la Oficial de Diligencias de la Sala Social y Administrativa, hace que carezca de competencia para responder por las supuestas notificaciones ilegales practicadas en segunda instancia, como son la notificación con el Auto de Vista y el Auto de ejecutoria, pretendiendo el recurrente sólo la dilación de la ejecución coactiva de la sentencia; b) por otra parte, el recurrente no puede invocar la vinculatoriedad de la SC 732/2001-R, de 16 de julio, por cuanto esta línea jurisprudencial sólo se aplica en procesos coactivos sociales que se tramitan de conformidad al art. 32 del Decreto Ley 10173 de 28 de marzo de 1972.