SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0619/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0619/2005-R

Fecha: 07-Jun-2005

absoluto estado de indefensión

Por consiguiente, no existió, en el caso de examen absoluto estado de indefensión, entendido éste como el:"(...) desconocimiento total del procesado acerca de su juzgamiento por una omisión deliberada o no del juzgador, lo que significa que, cuando el procesado acude a esta jurisdicción a fin de que se le otorgue tutela por indefensión, deberá demostrar que jamás tuvo conocimiento del proceso, sólo así podrá viabilizar su tutela de forma favorable, ya que de encontrar un elemento de convicción que asegure el criterio de este Tribunal que el recurrente tuvo conocimiento oportuno del proceso al que fue sometido, le será negada la tutela(...)"( SC 159/2004-R, de 4 de febrero).