SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0619/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0619/2005-R

Fecha: 07-Jun-2005

por no concurrir los presupuestos que activen el recurso de hábeas corpus cuando se alega procesamiento ilegal o indebido.

De los fundamentos expuestos, este Tribunal Constitucional arriba a la firme convicción de que las supuestas lesiones al debido proceso no pueden ser consideradas en el presente recurso, pues  no competen a su ámbito de protección, por no concurrir los presupuestos que activen el recurso de hábeas corpus cuando se alega procesamiento ilegal o indebido. Por consiguiente, el Tribunal de hábeas corpus, al haberlo declarado improcedente, aunque con otros fundamentos, ha dado una cabal aplicación del art. 18 de la CPE.