SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0639/2005-R
Fecha: 14-Jun-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memoriales presentados el 11 y 16 de noviembre de 2004 (fs. 8 a 9 vta.; 38 a 39), el recurrente asevera que en el proceso laboral demandando el pago de beneficios sociales a instancia de Renato Gutiérrez, en el Juzgado Sexto del Trabajo y Seguridad Social, se dictó Sentencia declarando probada en parte la demanda presentada; Resolución que en grado de apelación fue ratificada por Auto de Vista de 9 de mayo de 2001; que en ejecución de Sentencia, Jaime Néstor Coronel Chávez amortizó el monto determinado en sentencia a través de depósitos judiciales parciales a cuenta y que constan en obrados, los mismos que fueron reliquidados por Secretaría del Juzgado.
Señala, que el 30 de enero de 2004, se practicó una liquidación por el monto de $US4.376.90.-; que fue notificada el 17 de febrero de 2004; que la empresa a la cual representa, acompañando boleta de depósito y en tiempo oportuno observó la liquidación, debido a que ya se había hecho un depósito parcial a cuenta y que sin embargo de ello, la Jueza de la causa rechazó la observación planteada; a cuya consecuencia, Renato Gutiérrez -demandante en el aludido juicio laboral-, anunció amparo constitucional reclamando se expida mandamiento de apremio; en cuyo mérito, la entonces Jueza de la causa, sin que exista liquidación alguna que reste el pago parcial efectuado a cuenta, conminó al pago de $US4.338,64.-, omitiendo ilegalmente se reliquide el monto por Secretaría y sin dar lugar a observación por parte de COSICO; providencia que fue notificada a Jaime Coronel; quien interpuso recurso de reposición bajo alternativa de apelación; en cuyo mérito, la Jueza de la causa rechazó la reposición y declaro no haber lugar a la apelación; Auto contra el que interpuso recurso de reposición bajo alternativa de apelación, cerrando por completo la posibilidad de observar y defenderse de la providencia que contiene un monto sin respaldo de liquidación alguna; por lo que la Jueza de la causa con dicha providencia conminó al pago de $US4.338,64.-, sin que se haya respetado el debido proceso y ordenó se expida mandamiento de apremio contra su representado Jaime Coronel, cometiendo así una omisión indebida, que motiva el presente recurso.