SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0654/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0654/2005-R

Fecha: 14-Jun-2005

I.2.3. Intervención del tercero interesado

Los representantes legales del Banco Ganadero, como tercero interesado, expresaron que la entidad bancaria concedió a Victoria Flores un crédito por la suma de $US74.000.- y ante el incumplimiento en su pago, inició el juicio coactivo que fue tramitado conforme a las normas legales que rigen la materia. A falta de avaluación fiscal se realizó el avalúo pericial del inmueble en cuestión, determinándose un valor comercial de $US.82.767,050, informe que fue puesto a conocimiento de la parte coactivada, que no lo observó en el plazo previsto por el art. 540.II del CPC, por lo que el banco se sorprendió con la interposición de la tercería de dominio excluyente. Añadieron que el recurrente al presentar su tercería no cumplió con lo dispuesto por el art. 360.II, norma de orden público y de cumplimiento obligatorio conforme la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, razón por la cual el Juez recurrido en estricta aplicación de la ley dispuso que el recurrente debía cumplir con el requisito legal del 5% del valor. De otra parte el recurrente interpuso recurso de reposición que no corresponde por encontrarse el proceso en ejecución de sentencia pues debió haber planteado en forma directa la apelación, sin embargo al haber sido planteada alternativamente fue concedida en efecto devolutivo, lo que implica que el proceso no puede interrumpirse conforme el art. 517 del CPC, en consecuencia, el Juez señaló nueva audiencia de remate, por lo que solicitaron se declare la improcedencia del recurso con costas.