Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0655/2005-R
Fecha: 14-Jun-2005
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
La recurrente ratificó su demanda y la aclaró señalando que la Sentencia que declaró probada la demanda social dispuso que la "Fábrica de Gaseosas La Oriental Ltda." debía reincorporar a Gerardo Quispe Choque a su fuente de trabajo, siendo dicha entidad la que presentó los recursos de apelación y casación. De otro lado recalcó que "Productos Oriental" en junta de accionistas decidió escindirse y la "Fábrica de Aguas Gaseosas La Oriental Ltda.", por unanimidad de sus socios resolvió escindir parte de sus activos para conformar la nueva compañía quedando otra parte subsistente, lo que implica que la Corporación nació a la vida jurídica sin obligaciones sociales.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- b)
- c)
- d)
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- I.
- III.1.
- III.2.