SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0698/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0698/2005-R

Fecha: 22-Jun-2005

a)

El abogado del recurrente, ratificó in extenso el contenido de su demanda,  agregando que: a) la Sala recurrida colocó en indefensión al recurrente antes de pronunciar el Auto de Vista impugnado; por cuanto las notificaciones con la radicatoria y el decreto de autos para resolución en segunda instancia se practicaron en tablero judicial, pese a que su cliente tenía domicilio real, concreto y definido en la oficina del patrocinante; b) el Auto de Vista de 18 de septiembre de 2004, carece de motivación y en el mismo no se aplicó la Ley aplicable; por lo que reiteró se declare la procedencia del presente recurso.