SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0698/2005-R
Fecha: 22-Jun-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Señala, que en el Juzgado Sexto de Partido en lo Civil y Comercial, Mutual Guapay presentó un ilegal proceso ejecutivo dirigido contra su persona, dictándose la Sentencia de 12 de enero de 2001, que declaró probada la demanda; Resolución contra la que su persona -recurrente- interpuso recurso de apelación; el mismo que fue concedido en el efecto devolutivo; radicándose el 3 de julio de 2004 ante la Sala Civil Primera -ahora recurrida -; y procediéndose a su sorteo el 13 de septiembre de 2004; finalmente el 18 de septiembre de 2004, se dictó el Auto de Vista confirmando en todas su partes la Sentencia apelada; Resolución que no admite recurso ulterior alguno.
Agrega, que la Sala recurrida a tiempo de conocer y resolver el recurso de apelación no resguardó su derecho a la defensa e incumplió con los arts. 241 al 249 del Código de procedimiento civil (CPC), por cuanto no tramitó el recurso de apelación con arreglo a dichas disposiciones adjetivas, violentando su derecho a la legalidad de las formas procesales, por lo que interpone el presente recurso.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuya mínima fundamentación exige una relación clara de causalidad entre ambos y no el relato de los hechos y la indicación de los derechos, tal como aconteció en el caso que se examina.
- rechazo in límine
- III.2.
- ratificar, modificar, o ampliar los términos de su demanda” no debe tomárselo en sentido literal sino como comprensivos de formulación de alegato que no altere de manera relevante los hechos expuestos en la demanda y que sirvieron de fundamento fáctico del recurso
- hechos que sólo fueron referidos en la audiencia de amparo