Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0715/2005-R
Fecha: 28-Jun-2005
II.2.
II.2. Por nota presentada el 5 de agosto de 2004, la recurrente comunicó a SABSA su estado de gravidez, adjuntando certificado médico por el que se evidenciaba que en esa fecha contaba con 5 semanas de embarazo (fs. 41 a 42); en virtud de lo cual SABSA por nota de 19 de agosto de 2004, comunicó a la recurrente que amparándose en la legislación laboral y en el entendido que la decisión de prescindir de sus servicios había sido tomada antes de su embarazo, la postura de la empresa seguía vigente, debiendo efectivizarse el pago de sus beneficios sociales a realizarse a partir del 27 de agosto de 2004 (fs. 3).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- el derecho a la vida y la salud que tiene el ser en gestación, que es un derecho que merece la inmediata tutela por sobre cualquier otra circunstancia
- 1º REVOCAR