Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0716/2005-R
Fecha: 28-Jun-2005
II.6.
II.6. El 31 de enero de 2005, a horas 16:00, se llevó a cabo la audiencia de amparo, declarándose desierto el recurso en razón de no haberse citado a la parte recurrida por no haber provisto la parte recurrente los recaudos de ley y en razón de estar ausentes en la audiencia la parte recurrente, la parte recurrida y el representante del Ministerio Público (fs. 47 a 48).