SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0753/2005-R
Fecha: 05-Jul-2005
II.4.
II.4. En virtud del rechazo la recurrente planteó recurso de apelación señalando que: a) no se siguió la jurisprudencia constitucional establecida por la SC 1142/2003-R, ya que no hay norma procesal que establezca que la acción civil debe preceder o ser simultánea con la acción penal, b) la cuestión prejudicial no era igual a las anteriores y fue planteada con nueva prueba consistente en la SC 1142/2003-R que demuestra la posibilidad cierta de la anulación de los cheques objeto del proceso, documentos que justifican la existencia de un proceso de índole civil de cuya decisión depende la existencia o inexistencia del delito, y c) en el Auto impugnado el Juez no fundamentó porque no es considerada como prueba la existencia real de un proceso civil de cuyo resultado dependa la existencia o no del delito (fs. 42 a 44 y vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.3.1. Sobre la vinculatoriedad de las resoluciones constitucionales
- III.3.2. Las condiciones para la aplicación vinculante de la jurisprudencia constitucional
- III.3.3.
- APROBAR