SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0757/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0757/2005-R

Fecha: 05-Jul-2005

III.3.

III.3. La jurisprudencia glosada es aplicable al caso analizado, en función de lo dispuesto por el art. 44 de la LTC; por cuanto los supuestos fácticos de los problemas resueltos en las SSCC 781/2001-R y 923/2001-R, son similares a los que originan el presente recurso; en cuyo mérito, no es posible ingresar a considerar el fondo del problema planteado, concluyéndose que el recurrente debió previamente, formular sus reclamos y hacer valer sus derechos en  la vía ordinaria, en procura de lograr la modificación o  la anulación el Auto de Vista 468/2004 de 14 de octubre -ahora impugnado-, dictado por los vocales recurridos dentro de una tercería planteada en ejecución de sentencia del proceso coactivo, y no interponer directamente el presente amparo, sin considerar que conforme se ha señalado, por el carácter subsidiario de esta acción tutelar, no puede ser utilizada en sustitución de otras vías o mecanismos de impugnación previstos por ley; circunstancia  que  determina la improcedencia del recurso por la causal contenida en el art. 96.3 de la LTC.