Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0759/2005-R
Fecha: 05-Jul-2005
II.4.
II.4. El 28 de septiembre de 2004, la recurrente reiteró sus observaciones a la sustanciación del sumario por parte de la Comisión de Ética (fs. 23 y vta.), la que por Auto de 29 del mismo mes y año, con la sola firma de la Concejala Betty Romero Civera, estableció los puntos de hecho a probar (fs. 24), y por Auto de igual fecha, con la misma única firma, declaró no ha lugar lo solicitado (fs. 25).