Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0793/2005-R
Fecha: 18-Jul-2005
II.2.
II.2. Por memorial de 16 de noviembre de 2000, el representado del recurrente se apersonó dentro del proceso ejecutivo de referencia e interpuso tercería de pago preferente, señalando que el vehículo Suzuki con placa de control LVA-759 tenía una hipoteca judicial a su favor, por lo que le asistía el pago preferencial con respecto a IMCRUZ Corp. S.A. (fs. 74 y vta.).