SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0822/2005-R
Fecha: 25-Jul-2005
III.4.
III.4. En el caso sometido a revisión, ante la apelación presentada por la Fiscal adscrita a Sustancias Controladas contra el Auto interlocutorio 058/2005, que dispuso medidas sustitutivas contra el actor, por Auto de Vista de 13 de junio de 2005 los vocales recurridos determinaron revocar dichas medidas, disponiendo la detención preventiva del recurrente; sin embargo, de la revisión de la Resolución de revocatoria de las medidas sustitutivas emitida por las autoridades judiciales recurridas, se puede evidenciar que si bien establecieron las razones para concluir en la existencia de peligro de obstaculización, omitieron expresar las razones y presupuestos jurídicos que motivaron esa medida con relación al art. 233.1 del CPP, por cuanto la citada Resolución no establece cuales son los elementos de convicción para establecer la probable autoría o participación del imputado en el hecho atribuido.