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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0875/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0875/2005-R

    Fecha: 29-Jul-2005

    II.2.

    II.2. Por carta notariada de 1 de junio de 2004 (fs. 42), el recurrente solicitó a la Administradora Regional del SENASIR de Tarija, la restitución de su renta de vejez, explicando que la retención de la misma se debió a una errónea interpretación dado que si prestó servicios en la Prefectura fue “mediante facturas”  y que nunca fue asalariado de esa entidad.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • procedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2..
    • III.3.
    • APRUEBA

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