SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0875/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0875/2005-R

Fecha: 29-Jul-2005

II.4.

II.4. El encargado de Control de Rentas (fs. 59) comunicó a la autoridad demandada que el 5 de marzo de 2004 se remitió a la central de La Paz la documentación contable correspondiente a diciembre de 2003, y por error involuntario hizo figurar al recurrente jubilado como “suspensión por fallecido”, cuando debió haberlo reportado como suspensión de reversiones consecutivas, por doble percepción de rentas, habiéndose negado el interesado a firmar el respectivo convenio de pago.