SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0877/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0877/2005-R

Fecha: 29-Jul-2005

procedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional pronunció Resolución declarando procedente el recurso, con el siguiente fundamento: El decreto impugnado constituye un auto interlocutorio definitivo, que corta todo procedimiento ulterior poniendo término al litigio, entonces debió fundamentar en forma expresa y precisa para los efectos del art. 224 inc. 3) del CPC, para que pueda ser modificado o revocado por el superior en grado, vulnerando de esa manera, el derecho a la defensa, el debido proceso y el derecho de petición.

Por todo lo expresado precedentemente, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones del citado art. 19 de la CPE, por lo que el Tribunal de amparo al haber declarado procedente el recurso, no ha efectuado una adecuada valoración de los antecedentes procesales ni dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.