SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0913/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0913/2005-R

Fecha: 10-Ago-2005

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo declaró improcedente el recurso planteado, con los siguientes fundamentos: a) vencido el plazo de 90 días el recurrente tenía la obligación de reincorporarse a su fuente de trabajo, o en su caso pedir ampliación de su declaratoria en comisión, puesto que el cargo que ocupaba fue suprimido por Ley 2446; b) el recurrente solicitó su reincorporación al cargo de Director Médico de COSSMIL el 8 de enero de 2004, cuando su designación había expirado el 31 de diciembre de 2003; c) el recurrente no ha agotado todas las vías legales, administrativo-laborales ya que encontrándose el personal de COSSMIL sometido a la Ley General del Trabajo, le queda aún pertinente esa acción, para que haga valer sus derechos; y d) de acuerdo al informe de la parte recurrida las fotocopias solicitadas por el recurrente se encuentran en las oficinas de COSSMIL, pero no fueron recogidas por éste.