SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0917/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0917/2005-R

Fecha: 10-Ago-2005

II.4.

II.4.  En cumplimiento de la orden judicial solicitada por el recurrente para que la el Banco BISA S.A. le extienda una certificación (fs. 11); dicha entidad financiera emitió la nota de 12 de noviembre de 2004 dirigida al Juez Quinto de Instrucción en lo Civil, certificando: a) según reporte de la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras de 2 de agosto de 2004, el recurrente había sido reportado por el Banco Mercantil con código 104; b) sobre la base de ese reporte el Banco BISA S.A. resolvió el contrato de trabajo a plazo fijo de 89 días suscrito con el recurrente; y c) es privativo de cada institución el decidir si se contrata o no los servicios de una persona reportada con un código menor a 09 (fs.10).