SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0937/2005-R
Fecha: 12-Ago-2005
I.
El recurrente alega que las autoridades demandadas vulneraron el derecho de su representado a la libertad, así como a la garantía del debido proceso, dado que: I. La detención realizada por el representante del Ministerio Público, ha sido totalmente ilegal sin considerar que se trataba de un menor de edad inimputable, en franco desconocimiento del principio fundamental de presunción de minoridad. II. El adolescente está indebidamente procesado por un Juez incompetente en razón de la materia, habiendo dispuesto la detención preventiva pese a contar con tan sólo quince años y cinco meses de edad, por lo que al ser inimputable debió ser remitido ante el Juzgado de la Niñez y Adolescencia. Corresponde considerar lo solicitado a fin de otorgar o no la tutela demandada.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- b)
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- I.
- 3
- sin embargo, excepcionalmente el fiscal puede disponer la libertad de un adolescente aprehendido cuando se estén vulnerando sus derechos y garantías, conforme lo dispuesto por la parte in fine del citado artículo.
- policías de la División de Personas, procedieron a su arresto y en forma posterior el Fiscal Ángel Álvarez dispuso su aprehensión
- la aprehensión de un adolescente, éste debe ser remitido ante el Juez de la Niñez y Adolescencia, para que determine la libertad del recurrente o la aplicación de una medida cautelar
- Juez de la Niñez y Adolescencia