SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0990/2005-R
Fecha: 19-Ago-2005
se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas que originaron la lesión al derecho a la libertad, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad.
De lo que se concluye que resulta erróneo afirmar que la referida Sentencia determinó que las lesiones al debido proceso que impliquen procesamiento indebido deben ser analizadas únicamente a través del amparo constitucional, conforme señaló el Tribunal de origen, puesto que en la misma Sentencia se ha establecido que el hábeas corpus abre su protección cuando se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas que originaron la lesión al derecho a la libertad, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad.
- se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas que originaron la lesión al derecho a la libertad, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad.
- en forma concurrente
- III.2
- APROBAR