Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1031/2005-R
Fecha: 29-Ago-2005
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 09/2005, cursante de fs. 146 a 148, pronunciada el 1 de febrero por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por José Antonio Arteaga Martínez y María Albina Vargas de Arteaga contra Blanca Alarcón de Villarroel, Jueza Primera de Partido en lo Civil, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a la propiedad privada, a la defensa y la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 7 incs. a), i), 16.II y IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- se
- el recurso de amparo se constituye en un instrumento subsidiario y supletorio en la protección de los derechos fundamentales
- no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- III.2.
- sin embargo,
- III.3.
- APRUEBA