3.-
En el marco de las citadas normas legales, el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad es un proceso constitucional de control concreto de constitucionalidad de normas jurídicas en el que el juez constitucional debe confrontar el texto de la norma impugnada con el de la Constitución Política del Estado, para determinar si hay contradicción en sus términos, con el objeto de realizar el control correctivo de la norma y así depurar el ordenamiento jurídico del Estado.
- recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- b)
- admitió el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- II.2.1.
- 3.-
- II.2.2.
- carece de una debida fundamentación
- II.2.3 .
- Los requisitos antes referidos deben ser cumplidos por el juez o tribunal judicial o administrativo que promueve el recurso
- la autoridad judicial o administrativa debe fundamentar adecuadamente su Resolución para promover o rechazar el incidente de inconstitucionalidad
