Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1048/2005-R
Fecha: 05-Sep-2005
II.2.
II.2. Del informe final del proceso de pre-selección de personal para el cargo de Gerente General de la EPSA MANCHACO S.A.M., se tiene que Juan Carlos Mójica Aparicio -ahora recurrente- obtuvo el primer lugar con un puntaje de 86 y, Luis Fernando Pérez Armendia obtuvo el segundo lugar con 82 puntos (fs. 102;. 97 a 107; 116 a 246).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.
- III.1.
- III.2.
- no precisó su petitorio y menos, el amparo que solicita para preservar o restablecer sus derechos presuntamente lesionados y por lo mismo, no cumplió con el requisito de contenido previsto en el art. 97.VI de la LTC
- todos los derechos que se consideran conculcados deben ser inexcusablemente precisados en el recurso de amparo, al ser su señalamiento un requisito de fondo previsto en el art. 97.IV de la LTC