Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1048/2005-R
Fecha: 05-Sep-2005
recurso
En revisión la Resolución de fs. 380 a 381 pronunciada el 15 de febrero de 2005 por el Juez de Partido y Sentencia de Camiri, provincia Cordillera del departamento de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Juan Carlos Mójica Aparicio contra José Nahum Bleichner, Presidente del Directorio de la Entidad Prestadora de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario Mancomunidad del Chaco S.A.M. (EPSA MANCHACO S.A.M.), alegando la vulneración del derecho al trabajo, previsto en el art. 7 inc. d) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.
- III.1.
- III.2.
- no precisó su petitorio y menos, el amparo que solicita para preservar o restablecer sus derechos presuntamente lesionados y por lo mismo, no cumplió con el requisito de contenido previsto en el art. 97.VI de la LTC
- todos los derechos que se consideran conculcados deben ser inexcusablemente precisados en el recurso de amparo, al ser su señalamiento un requisito de fondo previsto en el art. 97.IV de la LTC