SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1048/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1048/2005-R

Fecha: 05-Sep-2005

II.6.

II.6. Por oficio EPSA 2/2005, de 28 de enero, el ahora recurrido dirigiéndose al recurrente y otro, dando respuesta a su solicitud de Resolución a impugnación de 23 de enero de 2005, hizo constar que todo reclamo sobre el procedimiento de calificación y selección de postulantes debe hacerse a la Empresa Consultora PROACTIVA, encargada del proceso en los plazos establecidos; asimismo y por estar rectificada la nominación por la Junta de accionistas, las impugnaciones deberán ajustarse a los procedimientos establecidos en las normas estatutarias y Código de comercio (fs. 325).