Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1123/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a querella de Amanda Campos contra Roberto Guzmán Maidana por la supuesta comisión de los delitos de lesiones graves, privación de libertad, tentativa de asesinato, violación y otros el imputado el 8 de marzo de 2005, presentó un memorial ante la Jueza de Instrucción Mixta y Cautelar presentándose espontáneamente, pidiendo se le aplíquen medidas sustitutivas a la detención por no existir en él ánimo de obstaculizar la acción de la justicia, señalando su domicilio procesal en calle Ayacucho 27 y su domicilio real av. 10 de Noviembre 4 y 6 ambas de LLallagua (fs. 101).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- estos deben ser utilizados, previamente
- se activa cuando los medios de defensa existentes en el ordenamiento común, no sean los idóneos para reparar, de manera urgente, pronta y eficaz, el derecho a libertad ilegalmente restringido. No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata. Conforme a esto, solamente una vez agotado tal medio de defensa y ante la persistencia de la lesión, se podrá acudir a la jurisdicción constitucional, invocando la tutela que brinda el hábeas corpus"
- III.3
- 1º APROBAR en parte