Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1123/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
II.8.
II.8. El 15 de marzo de 2005 a horas 17:10 se llevó a cabo la audiencia de medidas cautelares en la que la Jueza dispuso la detención preventiva del imputado Roberto Guzmán Maydana aunque ese extremo no se evidencia del acta que corre a fs. 146 a 156 por estar incompleto sino que ese extremo se evidencia de lo aseverado tanto por el recurrente como por la Jueza recurrida ( fs. 204 a 205).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- estos deben ser utilizados, previamente
- se activa cuando los medios de defensa existentes en el ordenamiento común, no sean los idóneos para reparar, de manera urgente, pronta y eficaz, el derecho a libertad ilegalmente restringido. No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata. Conforme a esto, solamente una vez agotado tal medio de defensa y ante la persistencia de la lesión, se podrá acudir a la jurisdicción constitucional, invocando la tutela que brinda el hábeas corpus"
- III.3
- 1º APROBAR en parte