SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1142/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1142/2005-R

Fecha: 19-Sep-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Los recurrentes en el escrito presentado el 24 de febrero de 2005 (fs. 17 a 21), manifiestan que el 21 de agosto de 2003, la Mutual “La Primera” formuló querella penal en su contra por los delitos de falsedad material y otros, habiendo el Fiscal luego de avocar conocimiento dejado transcurrir más de los seis meses para la fase preparatoria y sin solicitar ampliación alguna, el 28 de abril de 2004, luego de ocho meses, formulado imputación formal y cinco meses después, por Resolución 20/2004, de 14 de octubre, requerido al Juez de Instrucción co-recurrido la aplicación de procedimiento abreviado, que no fue admitida ni negada, pues la autoridad providenció: “previamente remítase el cuaderno de investigación”, para luego de dos meses, pese a estar pendiente la admisión o rechazo del procedimiento abreviado, el Fiscal por Resolución 02/2004 formuló acusación ante el Tribunal de Sentencia de turno, la que fue puesta en conocimiento del Juez de Instrucción el 16 de diciembre de 2004, quien decretó se tenga presente y se proceda a la baja de la investigación, providencia que nunca se les notificó, por cuyo motivo no tuvieron conocimiento de la acusación. En ese entendido, el 5 de enero de 2005 pidieron al Juez conmine al Fiscal la presentación del cuaderno de investigaciones para la procedencia del procedimiento abreviado, mereciendo el decreto de “Estese a los datos del proceso”, no ejerciendo adecuadamente el control jurisdiccional, incurriendo en flagrante retardación de justicia, además que la “conclusión” del Ministerio Público no es contundente, al existir vacilación en la tipificación de la acusación que se basa en supuestos, siendo que su conducta no se adecua al tipo, además como gente de pueblo que son, no conocen a quienes redactan los instrumentos, existiendo en consecuencia falta de tipicidad.