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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1169/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1169/2005-R

    Fecha: 26-Sep-2005

    II.3.

    II.3.  A través de la  nota C.ADM. 156/2004, de 16 de septiembre (fs. 24), el Presidente y la Secretaria del Concejo de Administración comunicaron al hoy recurrente que en reunión conjunta de ambos consejos, se determinó su suspensión temporal hasta que el ente fiscalizador emita los resultados, considerando la documentación recibida relativa a la denuncia efectuada en contra suya.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • a)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • y remover por causas justificadas
    • III.3.
    • III.4..
    • suspenderlo definitivamente
    • III.5.
    • REVOCA

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