Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0013/2006-RCA
Fecha: 19-Ene-2006
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Si bien el presente recurso en grado de revisión ingresó a este Tribunal el 1 de diciembre de 2005, no obstante ante un pedido fundamentado del recurrente quien indicó que podría provocársele un daño irremediable e irreparable, inclusive en riesgo de su libertad; esta Comisión de Admisión, ha resuelto conocer el caso con prioridad, sin que ello implique emitir ni adelantar ningún criterio ni a favor ni en contra; simplemente está referido a cuestiones formales de orden procesal.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente in limine
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1.
- II.2.
- el recurrente ha acreditado que agotó la vía idónea
- II.3
- el precepto señala los casos de inactivación del recurso, que determinan que no se pueda incoar la causa, por existir los impedimentos expresados en el aludido art. 96 de la LTC
- debe verificar de manera responsable
- II.4.