Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0003/2006-R
Fecha: 03-Ene-2006
II.3.
II.3. El 8 de abril de 2005, María Ríos de Calderón y Edgar Adalid Cardozo, Presidente de la Cooperativa “7 de mayo” Ltda., mediante acta de conciliación suscrita conjuntamente el Director Regional de Cooperativas, se declara que este último reconoce haber suspendido al “interno 19” por un error en la determinación de la asamblea cuya medida debió ser adoptada por dos tercios del voto de los asistentes, y se compromete a sufragar los daños en la suma de Bs1.100.-; se añade que María Ríos Calderón desestimará cualquier acción en su contra (fs. 35).