SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0002/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0002/2006

Fecha: 10-Ene-2006

II.8.

II.8.  Una vez notificadas, ambas partes pidieron explicación, complementación  y enmienda (fs. 577 a 586 vta.), señalando entre sus fundamentos la parte ahora recurrente que el laudo se dictó fuera de plazo y que la facultad de suspender el procedimiento arbitral es exclusivo de las partes. Estas peticiones dieron lugar a que se dicte el Laudo Arbitral Complementario 18/2005, de 16 de noviembre, en el que sobre el reclamo descrito se dispuso que se esté al informe de la Secretaria del Tribunal Arbitral de 19 de septiembre del pasado año  (fs. 638 a 643).