SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0009/2006-R
Fecha: 04-Ene-2006
II.3.
II.3. Por memorial de 1 de marzo de 2005, dirigido al Fiscal Adjunto de la provincia Sud Chichas-Tupiza, la actora solicitó que la autoridad recurrida franquee documentos e informes, relativos a las solicitudes de cargo, carga horaria, número de ítems, sobre el total de horas, número de profesores, derecho preferencial que tienen algunos profesores antiguos, razones para someter a exámenes a los postulantes de educación física y la resistencia a darle el cargo pedido (fs. 4), requiriendo la autoridad fiscal favorablemente, constando en el cargo de recepción de la Dirección Regional de Educación Urbana el 1 de marzo de 2005 a horas 16:30 (fs. 5). Por memorial de 11 de marzo de 205 la recurrente reiteró la solicitud (fs. 7), mereciendo el requerimiento de la misma fecha en sentido de que se dé estricto cumplimiento al requerimiento de 1 de marzo bajo apercibimiento de ley (fs. 7 vta.), constando cargo de recepción de la misma fecha.