Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0022/2006-R
Fecha: 09-Ene-2006
II.6.
II.6. Mediante memorial presentado el 18 de mayo de 2005 (fs.15 y vta.) dirigido al Administrador Regional de Yacuiba, el recurrente, amparándose en lo dispuesto mediante fax de 21 de julio de 2004, reiteró su solicitud de nacionalización de su motorizado, anunciando plantear recurso de amparo constitucional ante la negativa, así como denunciar la dilación indebida ante la Presidencia de la Aduana Nacional de Bolivia. En la misma fecha presentó igual recurso ante el Gerente Regional de Tarija (fs. 16 y vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- III.2.
- III.3.