Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0035/2006-R
Fecha: 10-Ene-2006
II.5.
II.5. Verificada la audiencia en la fecha y hora indicada con la presencia de la representante del Ministerio Público, ausentes el imputado y abogado defensor, se determinó revocar las medidas sustitutivas ordenando la detención preventiva (fs. 17 y vta.), notificándose con este actuado procesal en su domicilio real señalado en calle M. Ugalde 500, dejando copia de ley a Juan Rivera Chambi quién rehusó firmar, estando presente un testigo (fs. 18).