SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0035/2006-R
Fecha: 10-Ene-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega como vulnerado su derecho a la libertad, por cuanto señala estar detenido en el penal de “El Abra”, en mérito a una orden emanada por la autoridad recurrida, como emergencia de la realización de una audiencia de revocatoria de medidas cautelares, con la que no fue notificado personalmente, en sujeción al art. 163 del CPP, colocándolo en estado indefensión; a más de que en el referido actuado procesal estuvo ausente su abogado defensor, tornándose la determinación en actividad procesal defectuosa, ante la existencia de un defecto absoluto que ha derivado en una detención preventiva ilegal e indebida. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si tales extremos son ciertos y si ameritan o no la protección que brinda el art. 18 de la CPE.