SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0081/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0081/2006-R

Fecha: 25-Ene-2006

a)

El abogado de la autoridad recurrida señaló: a) la recurrente ha sido concejal en la anterior gestión y el anterior ejecutivo estuvo en funciones hasta el 21 de enero de 2005, por lo que correspondía solicitar el pago de sus beneficios sociales al ex ejecutivo; b) en el informe de deudas que hizo el Samuel Gamarra se halla consignado el nombre de la recurrente como acreedora, pero no cumplió con los pasos y reclamos que podían haber dado resultado positivo para no llegar a esta situación, por lo que rechaza las aseveraciones en sentido de haber vulnerado algún derecho constitucional, solicitando sea denegado el amparo constitucional; c) desde el 10 de enero fecha de transición del Gobierno Municipal, la liquidación está a disponibilidad de la recurrente, al contar con la autorización del Concejo Municipal.